Normativa fotovoltaica

Todo lo que debes saber sobre la normativa actual para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico: RD244/2019 y RD15/2018



El pasado 5 de octubre de 2018 entró en vigor el nuevo real decreto de autoconsumo RD15/2018 que explica las medidas con las que acelerar la transición energética y aprovechar las energías renovables, en especial la fotovoltaica, tecnología cada vez más eficiente, económica y por supuesto, sostenible, quedando por definir los aspectos administrativos, técnicos y económicos. Posteriormente, el 5 de abril de 2019, entró en vigor el RD244/2019, el cual detalla todas las condiciones que quedaban por definir del RD15/2018.

Aquí encontrarás todo lo que debes saber sobre la actual normativa para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.

Paneles fotovoltaicos

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Instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo, ¿con inyección cero o vertiendo a la red?



El empleo de sistemas de inyección cero, o antivertido, en instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo es uno de los aspectos que más dudas generan entre los profesionales del sector. Para resolverlas, recordemos que el RD de autoconsumo no exige en ningún momento el uso de estos sistemas. Y, para todo tipo de instalaciones de autoconsumo, el vertido de la energía generada a la red es perfectamente legal. De ahí surge la pregunta:

¿Qué ventajas o inconvenientes puede tener un sistema de inyección cero en una instalación fotovoltaica? ¿Es mejor montarlo o no?

Autoconsumo sin inyección cero

Consumo horario en una instalación fotovoltaica de autoconsumo sin inyección cero

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Autoconsumo eléctrico: cómo calcular los cargos fijos por potencia



El autoconsumo eléctrico está regulado en España desde hace más de tres meses tras la aprobación del real decreto 900/2015, pero nos encontramos con que muchos de nuestros clientes continúan teniendo muchas dudas en relación a los cargos fijos por potencia, en las posibles instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. La verdad es que no es un aspecto evidente y sigue creando mucha controversia ya que existen diferentes interpretaciones. Por eso hemos querido dedicar una entrada a este tema, en lugar de incluirlo en nuestras FAQ.

Autoconsumo electrico A

Autoconsumo eléctrico: supuesto A

El real decreto de autoconsumo especifica un cargo fijo por potencia para las instalaciones de autoconsumo eléctrico en su Disposición TRANSITORIA Primera. Remarcamos el hecho de que este cargo tal y cómo se especifica es Transitorio y, por tanto, en un futuro, el modo en que se calcula puede modificarse.

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Casos prácticos de autoconsumo eléctrico, según el RD900/2015



El real decreto de autoconsumo eléctrico es muy complejo. Tras analizarlo y, para que se entienda mejor, en esta entrada presentaremos de forma básica casos prácticos sobre la rentabilidad de instalaciones fotovoltaicas que se rigen por el RD 900/2015.

autoconsumo eléctrico

Casos prácticos de autoconsumo eléctrico

Como los supuestos, o casos, a estudiar pueden ser muchos, vamos a centrarnos en aquellos sistemas fotovoltaicos de autoconsumo eléctrico a nivel industrial ya que, quizás, para el instalador sean los de mayor complejidad de analizar. Además, consideramos que este tipo de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo puede ser la modalidad más rentable a día de hoy.

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Real decreto de autoconsumo: ¿cómo sacarle provecho?



Hemos comentado una parte del real decreto de autoconsumo en la entrada anterior. Ahora terminamos de analizar el extenso RD 900/2015 y esperamos que nos hagáis todas las preguntas que se os ocurren. Además, os invitamos a que echéis un vistazo a los casos prácticos que hemos desarrollado para ilustrar la rentabilidad de las instalaciones solares acogidas por el nuevo real decreto de autoconsumo.

analisis real decreto autoconsumo

Análisis del real decreto de autoconsumo y comentarios

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Real decreto de autoconsumo: ¿la energía solar es rentable? Analicémoslo.



El real decreto de autoconsumo energético entró en vigor el pasado 10 de octubre de 2015 y, digan lo que digan los medios de comunicación, su aprobación fue un alivio para la mayoría de los profesionales de la industria fotovoltaica. Claro está, es una normativa que deja mucho que desear, tiene multitud de carencias –no fomenta el uso de acumuladores solares ni incluye el balance neto, por ejemplo- y, seguramente, en un futuro será derogada si hay un cambio del gobierno. Pero no lo será de manera inminente pues habrá muchas otras leyes que modificar. Por lo tanto, tenemos que ser conscientes de que seguramente trabajaremos con este real decreto de autoconsumo durante los próximos años. Hay que admitir que el RD 900/2015 también tiene su lado positivo pues, además de la ausencia del peaje para las instalaciones domésticas, los sistemas fotovoltaicos industriales siguen teniendo las rentabilidades muy atractivas. Es más, gracias al real decreto de autoconsumo, estamos trabajando en un mercado regulado y esto nos da cierta seguridad en el futuro.

real decreto de autoconsumo resumen

Resumen del real decreto de autoconsumo

Así que vamos a analizar el real decreto de autoconsumo y nos vamos a enfocar en las oportunidades de negocio para el sector de la energía solar fotovoltaica. En Krannich Solar somos, y siempre hemos sido, optimistas y nos gustaría que vosotros también os centraseis en los beneficios que os puede aportar el RD 900/2015.

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Javier García Breva analiza el modelo energético español



La publicación on-line Energías Renovables difunde un artículo redactado por Javier García Breva, presidente de Fundación Energías Renovables, en el que explica el documento realizado por los servicios de la Comisión Europea sobre el programa de reforma y estabilidad de España para 2012.

Fundacion Renovables

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Solicita la devolución del aval antes del 28/03



Los titulares de las instalaciones fotovoltaicas de régimen especial, que no hayan recibido respuesta a la solicitud de inscripción en el Registro de Preasignación de retribución por la aprobación del RDL 1/2012, tienen hasta el próximo día 28 de marzo para solicitar la devolución del aval que hubieran depositado.

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Conexión trifásica en una instalación FV de más de 5kW



Según el punto 2 del artículo 9 del Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión, se establece que:

«Si la potencia nominal de la instalación fotovoltaica a conectar a la red de distribución es superior a 5 kW, la conexión de la instalación fotovoltaica a la red será trifásica. Dicha conexión se podrá realizar mediante uno o más inversores monofásicos de hasta 5 kW, a las diferentes fases, o directamente un inversor trifásico»:

Pero, ¿qué ocurre si en una configuración de 3 inversores fotovoltaicos de  7000W falla uno de los tres equipos? Pues que estaremos infringiendo la normativa. Por esta razón SMA usa la función PowerGuard a traves del Power Balance :

Fuente: SMA

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