El empleo de sistemas de inyección cero, o antivertido, en instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo es uno de los aspectos que más dudas generan entre los profesionales del sector. Para resolverlas, recordemos que el RD de autoconsumo no exige en ningún momento el uso de estos sistemas. Y, para todo tipo de instalaciones de autoconsumo, el vertido de la energía generada a la red es perfectamente legal. De ahí surge la pregunta:
autoconsumo eléctrico
Autoconsumo eléctrico: cómo calcular los cargos fijos por potencia
El autoconsumo eléctrico está regulado en España desde hace más de tres meses tras la aprobación del real decreto 900/2015, pero nos encontramos con que muchos de nuestros clientes continúan teniendo muchas dudas en relación a los cargos fijos por potencia, en las posibles instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. La verdad es que no es un aspecto evidente y sigue creando mucha controversia ya que existen diferentes interpretaciones. Por eso hemos querido dedicar una entrada a este tema, en lugar de incluirlo en nuestras FAQ.
El real decreto de autoconsumo especifica un cargo fijo por potencia para las instalaciones de autoconsumo eléctrico en su Disposición TRANSITORIA Primera. Remarcamos el hecho de que este cargo tal y cómo se especifica es Transitorio y, por tanto, en un futuro, el modo en que se calcula puede modificarse.
Casos prácticos de autoconsumo eléctrico, según el RD900/2015
El real decreto de autoconsumo eléctrico es muy complejo. Tras analizarlo y, para que se entienda mejor, en esta entrada presentaremos de forma básica casos prácticos sobre la rentabilidad de instalaciones fotovoltaicas que se rigen por el RD 900/2015.
Como los supuestos, o casos, a estudiar pueden ser muchos, vamos a centrarnos en aquellos sistemas fotovoltaicos de autoconsumo eléctrico a nivel industrial ya que, quizás, para el instalador sean los de mayor complejidad de analizar. Además, consideramos que este tipo de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo puede ser la modalidad más rentable a día de hoy.